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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374474
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 2738
LAUDOS, EJECUCION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 2738
No es jurídico sobreseer respecto de los actos de ejecución de un laudo proveniente de un presidente de una Junta Municipal, que obra por delegación, puesto que a dichos funcionarios, por disposición de la ley, les incumbe ejecutar los laudos, por delegación que les haga el presidente de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje respectiva.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 10638/42. Rojo Emilio. 7 de febrero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Mendoza Pardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.