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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374480
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 2820
PRESIDENTE DE LAS JUNTAS, SOBRESEIMIENTO RESPECTO DE LOS ACTOS DE LOS, TRATANDOSE DE LAUDO ABSOLUTORIOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 2820
Si no se señala acto concreto que pueda atribuirse al presidente de una Junta Central de Conciliación y Arbitraje, y es absolutorio el laudo reclamado, procede sobreseer en el juicio de amparo respecto de dicha autoridad, de acuerdo con los dispuesto por la fracción IV del artículo 74 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6684/43. Alba Salazar Leonor. 8 de febrero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Mendoza Pardo. Relator: Antonio Islas Bravo.