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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374508
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 3623
ESCUELAS ARTICULO 123, AMPARO CONTRA EL COBRO DE SUELDOS DE MAESTROS DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 3623
El plazo para ocurrir al amparo contra el cobro de sueldos de maestros de Escuelas Artículo 123, debe computarse a partir de la fecha en que se notificaron el quejoso las liquidaciones correspondientes, porque desde entonces tuvo conocimiento de los cargos que se le hacen y pudo inconformarse con los mismos, y no a partir del requerimiento de pago en la vía económico-coactiva, porque éste no es sino consecuencia de la aceptación del quejoso, en cuanto a las liquidaciones que se formularon y que le fueron debidamente notificadas.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2436/43. Fernández Somellera Fernando. 17 de febrero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Mendoza Pardo. Relator: Hermilo López Sánchez.