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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374523
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4113
TRABAJO, EQUIVALENCIA DE LOS RECURSOS E INCIDENTES EN EL PROCEDIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4113
Es cierto que procesalmente no es lo mismo incidente que recurso; pero con respecto a los laudos, esta Sala ha considerado equivalentes los efectos legales de los recursos e incidentes con relación a la aplicación del artículo 555 de la Ley del Trabajo, pues los laudos que dictan las Juntas de Conciliación y Arbitraje, son intocables por las mismas Juntas que los dictan, según el precepto legal citado, de tal manera que éstas no pueden legalmente cambiarlos o modificarlos, porque violarían las garantías del interesado, y puesto que no hay recurso alguno contra los laudos de las Juntas, procede el juicio de garantías contra ellos.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 7316/43. Grela José del Carmen. 24 de febrero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Mendoza Pardo. Relator: Roque Estrada.