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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374525
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4114
TRABAJO, INCIDENTES DE NULIDAD DE LO ACTUADO EN EL PROCEDIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4114
El hecho de que la Junta haya dado entrada al incidente de nulidad de lo actuado y que ese acuerdo haya sido consentido por el quejoso, no implica la consecuencia legal forzosa para que, tramitado el incidente, la resolución que ponga fin al incidente se estime como acto derivado del acuerdo que le dio entrada al incidente, el cual causó estado, y que por ese motivo no puede ser atacada por medio del amparo, la interlocutoria que puso fin al incidente.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 7316/43. Grela José del Carmen. 24 de febrero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Mendoza Pardo. Relator: Roque Estrada.