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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374555
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4554
IMPROBIDAD DEL TRABAJADOR (PORTEROS).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4554
Si bien no puede estimarse como una falta de probidad u honradez, el hecho de que un portero cobre a los inquilinos alguna retribución por abrirles la puerta a horas avanzadas de la noche, también lo es que si no fue éste el único fundamento en que la Junta se basó para absolver al demandado, sino el de que se acreditó que el portero dejaba de hacer el aseo de la casa puesta a su cuidado y no cerraba las llaves del agua ni la puerta de entrada por las noches como esos hechos si constituyen faltas que autorizan al patrono para rescindir el contrato, la Junta respectiva hizo una exacta aplicación de las fracciones II y XI, del artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo, considerando que constituían una falta de probidad y de desobediencia a las órdenes del patrono.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5597/36. 29 de febrero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Mendoza Pardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.