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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374565
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4765
LAUDOS INCONGRUENTES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4765
Si la Junta responsable dejó de estudiar la excepción de prescripción que oportunamente opuso el quejoso, violó, en perjuicio de éste, el artículo 551 de la Ley Federal del Trabajo, por lo que debe concederse el amparo, para el efecto de que la responsable haga el estudio de dicha excepción.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8049/43. Sindicato de la Industria Azucarera y Similares. 3 de marzo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel Carvajal. La publicación no menciona el nombre del ponente.