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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374582
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4948
TRABAJO POR UNIDAD DE OBRA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4948
No deben confundirse las faltas injustificadas de un trabajador con la interrupción del trabajo, porque éste no sea de carácter permanente. Un trabajador puede laborar en forma ininterrumpida, de acuerdo con las necesidades mismas de la obra, sin perjuicio de tener alguna falta injustificada. La interrupción de las labores no debe de analizarse respecto de las faltas de asistencia de los trabajadores, sino en razón de la naturaleza del trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6851/43. Reyes Delfino. 7 de marzo de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.