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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374593
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 5085
HUELGAS, INEXISTENCIA DE LAS PLANTEADAS POR TRABAJADORES NO SINDICALIZADOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 5085
No puede reputarse violatoria de garantías la resolución que declare inexistente el movimiento de huelga planteado con el objeto de obtener del patrono la celebración de un contrato colectivo de trabajo, si los trabajadores huelguistas no están constituidos en un sindicato, ya que, por esta razón, no están en aptitud de exigir la contratación colectiva.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 8179/43. La Coalición de Trabajadores Huelguistas de la Fábrica "Ampolletas", S. A. 8 de marzo de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Angel Carvajal.