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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374627
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 5730
INDEMNIZACION POR MUERTE DEL TRABAJADOR, ERROR EN LA DETERMINACION DEL PARENTESCO ENTRE ESTE Y LA RECLAMANTE DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 5730
Si en la demanda presentada para exigir la indemnización correspondiente a la muerte de un trabajador, el representante de la reclamante atribuyó a ésta la calidad de esposa de dicho trabajador; pero al celebrarse la audiencia de pruebas se rectificó ese hecho, en presencia de la parte demandada, aclarándose que la actora era hermana del obrero y dependía económicamente de éste; y si por otra parte, al contestarse la reclamación, la empresa no impugnó ni la personalidad de la actora, ni su dependencia económica, debe concluirse que durante la tramitación del conflicto hubo una modificación procesal admitida por las partes, la cual habría de determinar el contenido del laudo correspondiente, y que la junta se encontraba obligada a examinar las pruebas rendidas, para demostrar la dependencia económica de la actora, respecto del trabajador fallecido, para resolver el conflicto en la forma procedente, sin que fuera obstáculo para ello, el error en que se incurrió en la demanda.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 30/944. Flores Mendaz Leonor. 17 de marzo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.