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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374634
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 6061
INSPECCION EN LAS LISTAS DE RAYA Y TARJETAS DE TIEMPO, PRUEBA DE, ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 6061
Si las constancias de autos demuestran que la empresa demandada impidió que se practicara la prueba de inspección en sus listas de raya y tarjetas de tiempo, debido a que no participó a la Junta responsable su nuevo domicilio, para que pasara el actuario a practicar la diligencia respectiva, ni exhibió ante la Junta, para el mismo objeto, los documentos de que se trata, debe estimarse que la responsable no incurrió en violación de garantías individuales, si por tal motivo hizo efectivo el apercibimiento a la empresa, de tener por ciertos los hechos que el actor pretendía demostrar con la inspección.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7554/942. Compañía Carreteras de México, S. A. 23 de marzo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: Roque Estrada.