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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374657
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 6341
SINDICATOS, PUEDEN REPRESENTAR A LOS FAMILIARES DE LOS TRABAJADORES FALLECIDOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 6341
Es legal la personalidad de los sindicatos, cuando se presentan a nombre de los familiares de los trabajadores fallecidos, sobre todo, si se trata de exigir el cumplimiento de disposiciones contractuales, celebradas con el sindicato actor, por lo que no puede considerarse como violación de los artículos 459 y 460 de la Ley Federal del Trabajo, que la autoridad haya reconocido al sindicato como representante de los copartícipes del quejoso.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9287/43. Rocha viuda de Montero Victoria. 27 de marzo de 1944. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.