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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374685
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 141
DESPIDO INJUSTIFICADO, INEXISTENCIA DEL, CUANDO EL TRABAJADOR QUEDA SUJETO A PROCESO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 141
El solo hecho de la detención del trabajador, por consignación a la autoridad judicial, como presunto responsable de un delito, y la prisión formal dictada en su contra, son causas bastantes para justificar su separación, pues el contrato de trabajo no puede subsistir, por imposibilidad física, durante la tramitación del proceso; y si bien la sentencia absolutoria que en el caso se dicte, cambia naturalmente la condición jurídica en que se encuentra colocado, sin embargo, la acción que puede intentar para obtener la reposición en su trabajo y las responsabilidades consiguientes en caso de negativa del patrono, no puede ser la de reinstalación, como si se tratara de un despido injustificado, pues en tanto que el acusado permanece sujeto a proceso, la separación del trabajador incuestionablemente es sin culpa del patrón.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3919/43. Mandel Ernesto. 1o. de octubre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Ponente: Eduardo Vasconcelos.