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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374687
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 149
AUTOBUSES EN SERVICIO, EL RETIRO DE LA CIRCULACION DE LOS, POR LA AUTORIDAD JUDICIAL, TIENE EL CARACTER DE FUERZA MAYOR.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 149
Si bien el embargo de autobuses en servicio no puede producir legalmente la suspensión de los servicios de sus trabajadores, sin embargo, si la autoridad judicial, en lugar de constituir un interventor con cargo a la caja, para vigilar simplemente el ingreso de fondos y el movimiento de caudales, retira los carros de la circulación, determinando con ello la imposibilidad de que el patrón pudiera seguir cumpliendo con sus obligaciones como tal, esta circunstancia sí tiene carácter indubitable de fuerza mayor, porque nadie puede prever una irregularidad por parte de las autoridades judiciales; y si en estricto derecho el secuestro irregular practicado, no puede imputarse al patrón es inconcuso que tampoco pueden redundar en su perjuicio los efectos del mismo secuestro, consistentes en la suspensión de los contratos de trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2107/43. Reyes H. Carlos. 1o. de octubre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Ponente: Eduardo Vasconcelos.