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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374690
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2251
PRUEBA TESTIMONIAL ANTE LAS JUNTAS, APRECIACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2251
La apreciación de la prueba testimonial, corresponde a la función juzgadora específica que compete a las Juntas de Conciliación y Arbitraje, y el ampara sólo puede concederse por indebida apreciación de esa prueba, cuando en ella se comete algún error de lógica, y se violan así los principios que siempre deben tenerse en cuenta al impartir justicia.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5470/43. García Gonzalo. 29 de octubre de 1943. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.