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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374694
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 386
LAUDOS, AMPARO SIN MATERIA, POR INSUBSISTENCIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 386
Habiéndose fallado por esta Suprema Corte otro amparo promovido en contra del mismo acto que se reclama, en el sentido de conceder el amparo y protección de la Justicia Federal para el efecto de que la Junta responsable dicte un nuevo laudo, queda por ese motivo insubsistente el acto reclamado en el nuevo juicio de garantías, debiendo declararse sin materia, por haber cesado sus efectos y en el caso de que nuevamente la Junta incida en las mismas violaciones que se estiman cometidas, se podría acudir nuevamente al juicio de amparo en contra del nuevo laudo que se dicte.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3134/43. Sindicato de Trabajadores del Banco Nacional de Crédito Agrícola. 5 de octubre de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.