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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374698
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 589
JUNTAS FEDERALES DE CONCILIACION, COMPETENCIA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 589
Son las Juntas Federales de Conciliación y no las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje, las competentes para conocer en conciliación de las controversias que se susciten dentro de su jurisdicción, y el amparo que por esto se conceda, tendrá por efecto nulificar todo lo actuado por la Junta responsable.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5162/43. The Fresnillo Company, S. A. 6 de octubre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.