Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/374707
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374707
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 842
PRUEBAS EN EL AMPARO (INFORMES DE LAS AUTORIDADES).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 842
La negativa del Juez de Distrito a recabar el informe de una autoridad, que constituye una resolución judicial, con las características de un auto que no forma parte de la sentencia que resuelve el fondo del amparo; solamente puede reclamarse por medio del recurso de queja; de acuerdo con la fracción VI de artículos 95 de la Ley de Amparo, pero no mediante el recurso de revisión, porque esa resolución no se encuentra comprendida entre las señaladas por el artículo 83 de dicho ordenamiento.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4063/43. Franco Andrés. 8 de octubre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.