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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374733
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 1738
PATRONO SUSTITUTO, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO INDIRECTO CONTRA LA DECLARACION DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 1738
La declaración de patrono sustituto que hagan las Juntas, durante la tramitación de los conflictos de trabajo, constituye un acto de procedimiento que sólo es reclamable en la vía de garantías cuando se interponga el amparo directo contra el laudo que defina las cuestiones controvertidas y, por tanto, el juicio constitucional ante un Juez de Distrito, reclamando tal declaración, es improcedente.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4941/43. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 22 de octubre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.