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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374745
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2062
LAUDOS PRONUNCIADOS EN EJECUCION DE UNA SENTENCIA DE AMPARO, DEBEN CONTENER EL ESTUDIO DE LAS PRUEBAS RENDIDAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2062
Si en una ejecutoria se concedió el amparo para el efecto de que la Junta responsable hiciera el estudio de determinadas pruebas que había omitido, y dicha Junta, en el nuevo laudo que dictó para cumplimentar la mencionada ejecutoria, se limitó a estudiar esas determinadas pruebas, sin hacer el análisis de todas las rendidas en el conflicto, pues sólo se remitió a la apreciación que sobre ellas había hecho en su laudo anterior, debe estimarse que el proceder de la responsable es violatorio de artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, pues si ese laudo quedó sin efecto jurídico alguno, en virtud de la ejecutoria que concedió la protección federal contra el mismo, la Junta debió, al dictar su nueva resolución, hacer el estudio de todas las demostraciones rendidas por las partes, para resolver sobre las cuestiones que le fueron planteadas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6511/43. Compañía Carbonífera de Sabinas, S. A. 28 de octubre de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.