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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374751
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2388
AMPARO EN MATERIA DE TRABAJO, CARACTER ESTRICTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2388
Si el quejoso no rebate en su demanda de amparo, las argumentaciones hechas por la Junta responsable, para fundar el sentido del laudo reclamado, deben estimarse subsistentes dichas argumentaciones, pues tratándose de un juicio de garantías en materia de trabajo, que es de estricto derecho, la Suprema Corte de Justicia no puede suplir la deficiencia de la queja.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6683/43. Sindicato de Molineros, Estibadores, Cargadores y Similares del Yaqui. 3 de noviembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente y relator: Roque Estrada.