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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374764
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2708
INDUSTRIAS TEXTILES, TRABAJOS QUE NO FORMAN PARTE DE LAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2708
Si la Junta de Conciliación y Arbitraje respectiva, comprobó que en la fábrica de los demandados, los obreros se dedicaban únicamente a la confección de ropa interior, a base de máquinas de coser, no puede estimarse que se trata de una fábrica de hilados y tejidos, y por tanto, los conflictos de trabajo que surjan, son de la competencia de la Junta de Conciliación y Arbitraje respectiva.
Precedentes
Competencia 72/41. Suscitada entre la Junta Especial Número Dos de la Central de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y el Grupo Especial Número Seis de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. 9 de noviembre de 1943. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.