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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374773
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2952
CONCEPTOS DE VIOLACION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2952
Deben estimarse inconsistentes cuando no se refieren en concreto a violación alguna de la ley o de la Constitución Federal, sino en simples apreciaciones que, en concepto del quejoso debió haber tomado en cuenta la autoridad responsable.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8448/42. Compañía Comercial "Tomi-Pague", S. A. 10 de noviembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.