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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374790
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 3226
CONTRATO DE TRABAJO, TERMINACION VOLUNTARIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 3226
No es de tomar en consideración lo alegado en el sentido de que el convenio en el que el trabajador consintió voluntariamente en dar por terminado su contrato de trabajo, contiene renuncias para sus derechos y que es nulo, porque toda liquidación, transacción o convenio debe celebrarse ante las autoridades correspondientes del trabajo; pues aquel acto no implica la transacción, liquidación o convenio a que se refieren los artículos 98 y 585 de la Ley Federal del Trabajo, por lo que no necesita formalidad alguna y el hecho de que un trabajador se separe voluntariamente de su trabajo, no implica renuncia de los derechos que la ley concede al mismo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6678/43. Cruz Santiago Rafael. 12 de noviembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.