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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374809
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 3720
LAUDOS, CONGRUENCIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 3720
Si un sindicato demanda al patrono respectivo la firma de un contrato colectivo de trabajo, y la Junta no se ocupa en su resolución, de esa parte de la demanda, vulnera el artículo 553 de la ley del trabajo y procede conceder el amparo al sindicato, para el efecto de que el organismo sentenciador pronuncie nuevo laudo, en el que analice la acción, con vista de las pruebas rendidas y resuelva lo que juzgue pertinente.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6224/43. López Quiroga Emilia y coag. 22 de noviembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.