Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/374812
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374812
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 3751
AGRAVIOS EN LA REVISION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 3751
Si el quejoso no combate y destruye en sus agravios, el fundamento de la sentencia dictada por el Juez de Distrito, debe confirmarse ésta en sus términos.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4104/43. Compañía Minera Asarco, S. A., Unidad de Santa Bárbara. 22 de noviembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común, página 65, tesis 40, de rubro: "AGRAVIOS INSUFICIENTES.".