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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374835
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 4327
PRUEBA TESTIMONIAL ANTE LAS JUNTAS (TESTIGOS SINGULARES).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 4327
Ninguna disposición legal impide que las Juntas de Conciliación y Arbitraje funden su resolución en las declaraciones de un solo testigo, ya que precisamente, las amplias facultades que la ley les concede, en cuanto a la apreciación de las pruebas, tienen por objeto permitirles que no se sujeten a las reglas estrictas que se han marcado a los Jueces del orden común.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1478/43. C. de De la Torre Ruth. 1o. de diciembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Eduardo Vasconcelos.