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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374843
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 4657
JUNTAS, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 4657
Si bien el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, faculta a las autoridades del trabajo para apreciar las pruebas, según lo crean debido en conciencia, no las autoriza para hacerlo en forma caprichosa, ni para dejar de analizar debida y lógicamente.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3355/43. Velasco Díaz Agustín. 8 de diciembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.