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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374870
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 364
CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, CUMPLIMIENTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 364
Si el sindicato reclamó el ejercicio de un derecho que le confiere el contrato colectivo de trabajo, como es el de nombrar a los trabajadores que debieran ocupar las plazas vacantes, es indudable que con ello exigía el cumplimiento de dicho contrato, lo que hace que este punto petitorio, deba considerarse comprendido dentro de los términos de la fracción II, del artículo 260 de la Ley Federal del Trabajo, como uno de los objetos del movimiento de huelga.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 449/43. Sociedad "Manuel M. Conde S.A. 2 de julio de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.