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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374879
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 745
TRABAJO, CAMBIO DE PERITO TERCERO EN DISCORDIA EN EL PROCEDIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 745
No implica la revocación del acuerdo en que se nombre un perito tercero en discordia, la designación de otra persona para desempeñar el cargo, si estimando la Junta que el designado primeramente, sin aceptar ese cargo, ni protestar su fiel desempeño, presenta su dictamen, no obstante no haberse desahogado las pruebas, y juzgando oficiosa tal actuación y con objeto de llegar al mejor conocimiento de la verdad y por equidad, nombra con el mismo carácter, a esa otra persona; pues tratándose de un perito tercero, cuyo nombramiento le correspondía hacer, en vista de que la actuación del primer nombrado no podía surtir ningún efecto, es claro que estuvo en libertad para hacer otra designación, y como se dijo, ello no puede implicar la revocación de aquel acuerdo, sino simplemente la actuación de la Junta para perfeccionar la prueba pericial, que se encontraba incompleta, al no producir efectos el dictamen de una persona que no tenía el carácter de perito, pues no basta que una persona sea designada, ya que es requisito indispensable para que se le tenga con dicho carácter, que acepte el cargo y otorgue la protesta de ley.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 111/43. Mack Abee Molina viuda de Azurmendi Herminia. 6 de julio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: Antonio Islas Bravo.