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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374888
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 784
ENFERMEDADES PROFESIONALES, PRUEBA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 784
Tratándose de enfermedades no catalogadas en la ley como profesionales, corresponde al actor, en la reclamación respectiva, acreditar que el padecimiento que causó la muerte del trabajador, era de carácter profesional, y para ello debe demostrar la existencia de una relación entre ese padecimiento y las labores que desempeñó el trabajador fallecido, o el medio en que se vió obligado a trabajar.
Precedentes
Amparo en revisión 6110/42. Alonso viuda de Mascarúa Ana María. 6 de julio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: Antonio Islas Bravo.