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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
374917
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 1182

OFICINAS DEL GOBIERNO, DEBE CONCEDERSELES LA SUSPENSION SIN FIANZA, TRATANDOSE DE RESOLUCIONES DEL TRIBUNAL DE ARBITRAJE.

[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 1182

Precedentes

Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 1840/43. Secretario de Educación Pública. 9 de julio de 1943. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 374917