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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374919
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 1382
CONVENIOS EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 1382
No puede admitirse que un convenio contenga renuncia alguna de derechos por parte de los trabajadores, si aquél se celebró para dar por terminados por transacción, diversos conflictos, y por lo mismo, no se trataba de que a través de él, se fijaran estipulaciones lesivas para los derechos e intereses de los trabajadores, que debieran surtir efectos futuros dentro de la vigencia del contrato de trabajo correspondiente.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2511/43. Compañía Metalúrgica de Peñoles, S.A. 12 de julio de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.