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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374922
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 1402
ACCIDENTES DE TRABAJO, COMPROBACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 1402
Las declaraciones de testigos son ineficaces para establecer que el fallecimiento de un trabajador haya tenido como causa la realización de un accidente de trabajo, si tales testigos no declararon al practicarse la investigación de los hechos, ni manifestaron que les constara en qué forma se verificó la caída al suelo de dicho trabajador fallecido, por lo que la Junta estuvo en lo justo al considerar que esas declaraciones, no provenientes de peritos y en contradicción con el resultado de la prueba pericial rendida en el juicio y con lo asentado en el certificado de autopsia respectivo, eran ineficaces, como ya se dijo, para establecer que el fallecimiento hubiese tenido como causa la realización de un accidente de trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2631/43. Morales viuda de Acuña Isabel. 12 de julio de 1943. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Antonio Islas Bravo. Relator: Roque Estrada.