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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374932
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 1589
TRABAJADORES, DEBEN JUSTIFICAR OPORTUNAMENTE SUS FALTAS AL TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 1589
Si bien el trabajador puede faltar a sus labores por causa justificada, debe dar aviso al patrono de las condiciones en que se encuentre; por lo que si éste tiene conocimiento de dicha causa, hasta que aquél vuelva al trabajo, es claro que está en lo justo al estimar injustificada su ausencia, en los términos de la fracción X del artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6381/41. Vázquez Francisco. 14 de julio de 19433. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: José María Mendoza Pardo.