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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374950
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 1970
JUNTAS, RECEPCION DE DOCUMENTOS POR LAS (RAZON DE RECIBO).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 1970
La circunstancia de que la demanda del actor y el oficio de acuse de recibo de un escrito, carezcan de razón de recibo, puesta por la autoridad a quien iban dirigidos, prueba que dicha autoridad no cumple con la formalidad legal de asentar en cada uno de los documentos que recibe, razón de la hora y fecha en que son recibidos; por tal omisión no puede servir de fundamento para desestimar el valor probatorio del documento que carece de ese requisito.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 194/43. Stone Charles. 19 de julio de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.