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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374959
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 2039
SOBRESEIMIENTO, CUANDO NO SE DEMUESTRA LA EXISTENCIA DEL ACTO RECLAMADO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 2039
Si la autoridad responsable niega haber intervenido en los actos reclamados por el quejoso, y éste no ha probado la existencia de los mismos, es correcto el sobreseimiento decretado por el inferior, por ser de exacta aplicación al caso, lo que dispone la fracción IV del artículo 74, de la Ley de Amparo, pues en vista de tal negativa, al quejoso le incumbía la prueba correspondiente.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5766/42. Castillo Enrique y coagraviada. 20 de julio de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.