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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 374996
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 2598
SEPARACION INJUSTIFICADA PRESCRIPCION EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 2598
Si aparece que ha transcurrido más de un mes desde que el obrero dejó de prestar sus servicios, es evidente que prescribe su acción relativa a que se le reinstale en el trabajo, sin que obste la aseveración de que el trabajador estuvo haciendo diversas gestiones ante la empresa, a fin de que se le reinstalase, pues esto no acredita la interrupción de la prescripción, en los términos de las dos primeras fracciones del artículo 332 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 903/43. Sociedad Augusto Flores A. y Compañía. 26 de julio de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.