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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375017
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 3279
JUNTAS, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 3279
Si bien el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, autoriza a las Juntas de Conciliación y Arbitraje, para apreciar los hechos en conciencia, no las faculta para omitir el estudio de las pruebas que aporten las partes.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1189/43. González Francisco. 3 de agosto de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.