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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375067
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 4353
AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, PRORROGA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 4353
Los Jueces de Distrito no tienen facultad para prorrogar indefinidamente la audiencia constitucional, cuando por culpa de los interesados no se practiquen pruebas que han sido aceptadas.
Precedentes
Queja en amparo en materia de trabajo 268/43. Compañía "Atri, S. de R. L.". 16 de agosto de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Antonio Islas Bravo.