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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375069
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 4445
TRIBUNAL DE ARBITRAJE, AMPARO PEDIDO CONTRA DEL, POR LAS OFICINAS PUBLICAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 4445
Cuando el Estado, autolimitando su soberanía, se somete a una relación jurídica con sus empleados, se coloca en el mismo plano que los particulares, como sucede cuando para dirimir sus conflictos litiga ante un organismo jurisdiccional, como lo es el Tribunal de Arbitraje, y por lo mismo, es justo que tenga expeditos los mismos recursos que sus colitigantes, inclusive el juicio de garantías.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del auto que desechó la demanda 8489/42. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 18 de agosto de 1943. Mayoría de tres votos. Ausente: Roque Estrada. Disidente: Antonio Islas Bravo. Relator: José María Mendoza Pardo.