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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375090
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5099
ENFERMEDADES PROFESIONALES (SILICOSIS).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5099
Aunque la Junta no hiciera alusión a las épocas en las que el actor prestó sus servicios en el interior de las minas, ello no resta legalidad a su estimación de que el tiempo de servicios que apareció prestado por el trabajador, en las minas, era suficiente para adquirir la silicosis, si se tiene en cuenta que basta a un trabajador estar en un ambiente saturado de polvos de sílice, dentro del radio en que se hallan las minas, para estar expuesto a contraer la silicosis, en un tiempo más o menos corto, según su resistencia orgánica.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5754/42. The Cananea Consolidated Cooper Company S. A. 26 de agosto de 1943. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Roque Estrada, no asistió a la sesión, por las razones que constan en el acta del día. Relator: José María Mendoza Pardo.