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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375099
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5303
SINDICATOS, REPRESENTACION POR LOS, DE SUS AGREMIADOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5303
El artículo 460 de la Ley Federal del Trabajo, confiere a los sindicatos de patronos y obreros, la representación ante las Juntas, de sus respectivos agremiados, para que puedan actuar en calidad de actores y demandados, ejercitando o defendiendo los derechos que les incumban; pero esa representación se singulariza en cada uno de los conflictos, especificándose en relación con las personas que en ellos intervienen, sin que pueda hacerse extensiva a quienes tienen el carácter de partes en dichos conflictos.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4114/41. Manrique Murillo Filemón y coagraviados. 27 de agosto de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.