Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/375104
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375104
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5409
ACTO RECLAMADO, CESACION DE SUS EFECTOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5409
Si el laudo, que constituye el acto reclamado en el juicio de garantías, se reclamó en amparo anterior, por el tercero perjudicado en el segundo juicio, y fue resuelto por ejecutoria en la que se le concedió la protección federal, para el efecto de que la Junta responsable dictara nueva resolución, es indudable que por virtud de dicha ejecutoria, dejó de subsistir el laudo mencionado, por lo que debe estimarse que cesaron los efectos del acto reclamado, y procede sobreseer en el nuevo juicio de garantías, en acatamiento a lo dispuesto en los artículos 73, fracción XVI, y 74 fracción III, de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9153/42. Virgen Francisco A. 30 de agosto de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.