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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375125
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 6065
VACACIONES, DISMINUCION DE LAS, POR DIAS NO TRABAJADOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 6065
Si el trabajador confiesa que descansó tres días de la semana mayor, esto no autoriza a la Junta respectiva para descontarlos de las vacaciones, si aparte de otras cosas, tal hecho no fue alegado como excepción por la empresa, que ni siquiera trató de demostrar que durante esos tres días, se hubiera trabajado en la negociación.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9838/42. Guerra Adán F. 6 de septiembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: Antonio Islas Bravo.