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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375133
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 6111
COMPETENCIA, AMPARO CONTRA LAS RESOLUCIONES EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 6111
El juicio de amparo cabe en relación con las cuestiones de competencia suscitadas entre autoridades de distinto fuero, pues la continuación del procedimiento dentro de un juicio arbitral seguido ante una Junta de Conciliación y Arbitraje, después de que se ha promovido ante ella incompetencia por declinatoria, determina que se esté en el caso que menciona la fracción X del artículo 159 de la Ley de Amparo, y en tal virtud, resulta procedente la admisión y tramitación de una demanda de amparo promovida contra un acto semejante, independientemente de que en su oportunidad pueda juzgarse que es improcedente por cualquier motivo legal, inclusive el que prevé el artículo 161 de la citada ley, que manda que las violaciones de procedimiento a que se refiere el artículo 159, sólo pueden reclamarse en la vía de amparo, cuando se interponga demanda contra la sentencia definitiva que se dicte.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del auto que desechó la demanda 2895/43. Compañía American Airlines de México, S. A. 6 de septiembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: Roque Estrada.