Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/375147
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375147
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 6326
DESPIDO DE TRABAJADORES, PRUEBAS EN LOS CONFLICTOS POR CONCEPTO DE (TESTIGOS SINGULARES).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 6326
Si demostrada la existencia del vínculo contractual entre actor y el demandado, éste se excepcionó manifestando que aquél había abandonado el trabajo, quedó obligado a probarlo, por tratarse de un hecho positivo, y si la única prueba que rindió a ese respecto, fue la consistente en la declaración de un solo testigo, debe estimarse que con dicha declaración, por ser singular, no pudo dejar demostrado el abandono. Por otra parte, no puede aceptarse que corroboran la prueba testimonial de referencia, las declaraciones hechas por los testigos propuestos por el actor, si éstas fueron en el sentido de que el mismo estaba inconforme con el empleo que desempeñaba y tenía el propósito de separarse, porque no añaden elementos bastantes para dejar demostrado el hecho del abandono, supuesto que la inferencia que de tales declaraciones pudiera hacerse, admite posibilidad en contrario, y por tanto, carece de los alcances lógicos indispensables para que pudiera calificarse como medio de convicción directa o corroborativa, de la declaración del testigo de la parte demandada.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2955/43. Jockey Club de la Ciudad de México, S. A. 9 de septiembre de 1943. Mayoría de tres votos. Disidentes: Roque Estrada y Antonio Islas Bravo. Relator: Hermilo López Sánchez.