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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375179
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 6888
TRABAJO, LA SUSPENSION QUE PUEDA PARALIZAR EL PROCEDIMIENTO DE, NO DEBE CONCEDERSE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 6888
La jurisprudencia establecida en el sentido de que el procedimiento judicial es de orden público, por lo que no puede suspenderse, es aplicable a los conflictos laboristas.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 5737/43. Villanueva Agrícola. 24 de septiembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.