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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375183
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 7024
PRESCRIPCION EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 7024
Si la Junta responsable no se ocupa de analizar y apreciar las pruebas de confesión ficha del actor, ni el certificado médico que se rindiera con el propósito de justificar que se operó la prescripción, con tal omisión viola los artículos 550 de la Ley del Trabajo, y 14 y 16 de la Constitución, por lo cual debe concederse el amparo, para que la junta dicte nuevo laudo, en el que estudie y estime todas las pruebas y las defensas que se hicieron valer.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 10538/42. The Cananea Consolidated Copper Company, S. A. 27 de septiembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Relator: Roque Estrada.