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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 375195
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 7340
CONVENIOS EN MATERIA DE TRABAJO, CELEBRADOS POR BENEFICIARIOS DE LOS OBREROS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 7340
El artículo 585 de la Ley Federal del Trabajo, se refiere a las transacciones relativas al trabajador, siempre que se celebren en autos las Juntas y convenios ratificados ante las mismas por los interesados, y no tiene aplicación tratándose de una transacción llevada a cabo por dos beneficiarios del obrero, con relación a la indemnización por la muerte del mismo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2520/43. Bravo de Arana Leonor. 30 de septiembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.